Calendario DGII 2026: fechas límite del e-CF y qué hacer si vas tarde

Pequeños, micro y no clasificados tienen hasta el 15 de noviembre de 2026; la serie B vence el 31 de octubre para grandes locales y medianos. Plan de acción por semanas.

Quedan pocas semanas para las dos fechas que cierran la transición a la facturación electrónica en República Dominicana. Si eres pequeño, micro o no clasificado, tu fecha límite es el 15 de noviembre de 2026. Si eres grande local o mediano, ya debías estar emitiendo e-CF, y tus comprobantes de papel de la serie B dejan de valer el 31 de octubre de 2026. Este artículo resume el calendario y propone un plan realista para quien todavía no ha empezado.

El calendario según la ley y sus prórrogas

El artículo 37 de la Ley 32-23 fijó plazos máximos contados desde la vigencia de la ley (mayo de 2023): 12 meses para grandes nacionales, 24 para grandes locales y medianos y 36 para pequeños, micro y no clasificados. Después, la DGII otorgó prórrogas generales:

ContribuyenteFecha límite vigenteSituación
Grandes nacionales15 de mayo de 2024Vencida
Grandes locales y medianos15 de noviembre de 2025Vencida (tras prórroga de seis meses)
Pequeños, micro y no clasificados15 de noviembre de 2026Prórroga de seis meses comunicada por la DGII el 6 de mayo de 2026

La prórroga de 2026 se aplicó de forma automática: no hubo que solicitarla. Pero no cubre a los medianos: si tu empresa es mediana y aún no emite e-CF, ya estás fuera de plazo.

La serie B tiene fecha de caducidad

Según el artículo 55 del Decreto 587-24, reglamento de la ley, para grandes contribuyentes locales y medianos las secuencias de la serie B solo son válidas hasta el 31 de octubre de 2026. Desde el 1 de noviembre deben emitir exclusivamente comprobantes electrónicos; el papel solo se admite en contingencia declarada.

En la práctica, eso significa que las secuencias B que te sobren a final de octubre no se podrán usar después.

Por qué no conviene esperar a noviembre

Emitir e-CF no es instalar un programa. Hay pasos que dependen de terceros:

  • El certificado digital lo emite una entidad autorizada por el INDOTEL y requiere validar tu identidad.
  • La autorización como emisor electrónico la da la DGII.
  • La certificación exige superar un set de pruebas. Un detalle importante: en la etapa de simulación, cualquier comprobante rechazado reinicia la etapa desde cero, así que un solo error puede costarte días.

Si todos los rezagados empiezan en noviembre, la presión sobre cada uno de esos pasos será mayor.

Plan de acción por semanas

Si empiezas hoy, este es un orden razonable:

Semana 1: diagnóstico

  • Verifica tu clasificación en la Oficina Virtual de la DGII.
  • Confirma que los datos de tu RNC (razón social, dirección, actividad) están al día.
  • Haz un inventario de qué tipos de comprobante emites hoy (B01, B02, B04…) para saber qué e-CF necesitarás (E31, E32, E34…).

Semana 2: certificado y solución

  • Solicita tu certificado digital para procedimiento tributario. Según la DGII, puedes adquirirlo en entidades como Avansi, la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo o Novosit.
  • Elige cómo vas a emitir: desarrollo propio, un proveedor certificado o el Facturador Gratuito de la DGII si cumples sus criterios. Ten en cuenta que quien usa el Facturador Gratuito queda excluido de los incentivos del artículo 40 de la ley.

Semanas 3 y 4: autorización y certificación

  • Solicita la autorización como emisor electrónico.
  • Completa las pruebas de la DGII. Valida localmente cada documento antes de enviarlo: el esquema XML acepta documentos que el validador de la DGII rechaza.

Semana 5: producción

  • Solicita tus secuencias e-NCF y empieza a emitir.
  • Configura la recepción de e-CF de tus proveedores: la ley te obliga a recibirlos y conservarlos.

Si ya estás fuera de plazo

El artículo 37 permite que un contribuyente acuerde con la DGII, de mutuo acuerdo, una extensión del plazo, sujeta a su aprobación. Fuera de eso, no emitir e-CF cuando estás obligado es una infracción (artículo 26, numeral 1), sancionable según el Código Tributario. Lo sensato es regularizarte cuanto antes y documentar los pasos que ya diste.

Qué hacer ahora

  1. Anota las dos fechas: 31 de octubre (serie B para grandes locales y medianos) y 15 de noviembre (pequeños, micro y no clasificados).
  2. Solicita el certificado digital esta semana: es el paso que más depende de terceros.
  3. No gastes secuencias B en exceso si eres grande local o mediano.
  4. Reserva tiempo para la certificación y valida cada documento antes de enviarlo.
  5. Prepara la recepción de e-CF además de la emisión.

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Fuentes: Ley 32-23, artículos 26 y 37; Decreto 587-24, artículo 55; comunicados de la DGII de mayo de 2025 y 6 de mayo de 2026. Verifica siempre tu caso en dgii.gov.do.

Contenido informativo sobre normativa de la DGII. No sustituye asesoría fiscal profesional: verifica siempre plazos, formatos y montos vigentes en dgii.gov.do.

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