Exportaciones y pagos al exterior: claves para emitir E46 y E47 en 2026

Guía práctica para emitir correctamente los e‑CF de exportación (E46) y de pagos al exterior (E47) antes del cierre del plazo de noviembre.

Si tu empresa vende bienes o servicios fuera del país, o realiza pagos a proveedores no residentes, estás obligado a emitir los comprobantes electrónicos E46 y E47. A partir del 15 de noviembre de 2026 todos los contribuyentes, sin importar su tamaño, deben usar exclusivamente e‑CF para estas operaciones. Prepararte ahora evita rechazos y retrasos en la contabilidad.

Contexto normativo vigente

La Ley 32‑23 y su reglamento establecen que toda operación de exportación de bienes y todo pago al exterior por servicios debe documentarse con un e‑CF. Desde el 15 de noviembre de 2026 la obligación alcanza también a pequeños, micro y no clasificados, así que a partir de hoy (22 de septiembre de 2026) te quedan menos de dos meses para dejar de usar comprobantes de papel o series B en estas operaciones. El e‑CF es el único documento con validez fiscal y debe enviarse directamente a la DGII en el momento de la emisión.

Tipo E46 – Exportaciones

El e‑CF tipo E46 se utiliza cuando vendes mercancías a un cliente ubicado fuera de la República Dominicana. Características principales:

  • El ITBIS se factura con tasa cero (no exento), lo que permite al comprador recuperar el crédito fiscal en su país.
  • Debes consignar el RNC o identificación fiscal del comprador extranjero; si no tiene RNC, usa el número de identificación que maneje su jurisdicción.
  • Cada línea de detalle refleja la descripción, cantidad, precio unitario y monto en RD$.
  • El comprobante no admite retenciones de ISR ni de ITBIS, salvo que la normativa sectorial lo exija.

Tipo E47 – Pagos al exterior

El e‑CF tipo E47 documenta los pagos que realizas a proveedores no residentes por servicios (regalías, asesoría, licencias, entre otros). Puntos clave:

  • Solo acepta líneas de servicio; no puedes incluir bienes.
  • Se deben registrar las retenciones de ISR que correspondan según los convenios de doble imposición o la tarifa general.
  • El ITBIS no se aplica en este comprobante.
  • El RNC del beneficiario extranjero se consigna igual que en la exportación; si no existe, se usa su identificación fiscal.

Diferencias clave entre E46 y E47

CaracterísticaE46 ExportaciónE47 Pago al exterior
OperaciónVenta de bienesPago por servicios
ITBISTasa 0 %No aplica
Retención ISRNo (salvo excepción)Sí, según convenio
Tipo de líneasBienes y serviciosSolo servicios
RNC compradorSe consigna cuando está disponible (extranjero)Se consigna cuando está disponible (extranjero)
Ejemplo típicoExportar café a EuropaPagar regalías a una matriz en EE. UU.

Errores frecuentes al emitir

  • Usar el tipo E31 o E32 para una exportación, lo que genera rechazo por ITBIS incorrecto.
  • Omitir el RNC del comprador extranjero o colocar un valor genérico (“000000000”).
  • Incluir retenciones de ISR en un E46 cuando no corresponde.
  • Registrar bienes en un E47, lo que la DGII rechaza al validar la estructura.
  • Firmar el XML después de haberlo enviado; recuerda que re‑firmar cambia el código de seguridad y la DGII lo trata como un documento nuevo.
  • Enviar el comprobante sin haber validado previamente el certificado digital del emisor; el certificado debe estar vigente y emitido por una entidad autorizada por INDOTEL (por ejemplo, Avansi, Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo o Novosit).

Buenas prácticas antes de enviar

  1. Verifica la vigencia del certificado y que pertenezca al RNC emisor.
  2. Completa todos los campos obligatorios: e‑NCF, fecha de emisión, RNC del adquiriente, descripción detallada, montos en RD$ y código de seguridad generado al firmar.
  3. Revisa la estructura del XML contra la especificación técnica vigente; un error de esquema detiene el procesamiento.
  4. Envía el e‑CF a la DGII y guarda el trackId que devuelve el servicio para consultar el estado (Aceptado, Aceptado Condicional o Rechazado).
  5. Conserva el XML firmado y la representación impresa (PDF con QR) durante el plazo que establece la normativa; ambos son parte del expediente fiscal.
  6. Registra la operación en tu contabilidad al momento de la aceptación, no al de la emisión, para evitar diferencias de corte.

Qué hacer ahora

  1. Confirma que tu certificado digital está activo y corresponde al RNC que facturará las exportaciones o los pagos al exterior.
  2. Configura en tu sistema los tipos de comprobante E46 y E47 con sus plantillas de líneas (bienes para E46, solo servicios para E47).
  3. Carga los RNC o identificaciones fiscales de tus clientes y proveedores extranjeros en la base de datos de contactos.
  4. Realiza una prueba en el ambiente TesteCF enviando al menos un E46 y un E47; verifica que la DGII devuelva estado Aceptado.
  5. Una vez superada la prueba, pasa al ambiente CerteCF y, tras la certificación, comienza a emitir en producción antes del 15 de noviembre de 2026.
  6. Documenta el procedimiento interno: quién genera, quién firma, quién envía y quién archiva el XML y el PDF con QR.
  7. Consulta la guía técnica más reciente en dgii.gov.do o acude a tu asesor fiscal para resolver dudas específicas de tu sector.

EmiteF permite crear, firmar y enviar estos e‑CF directamente a la DGII desde el navegador, sin instalar software y sin intermediarios, y también genera los formatos 606, 607, 608, 609 y 623 que necesitas para el cierre fiscal.

Contenido informativo sobre normativa de la DGII, elaborado con asistencia de inteligencia artificial y revisado antes de publicarse. No sustituye asesoría fiscal profesional: verifica siempre plazos, formatos y montos vigentes en dgii.gov.do.

Emite tus e-CF con EmiteF

Emisor electrónico certificado, con conexión directa a la DGII. Prueba gratis con 30 facturas, sin tarjeta.

Crear cuenta gratis

Ver precios